¿Hay que dar preaviso en caso de despido disciplinario?

Preaviso despido disciplinario

Cuando una empresa decide poner fin a la relación laboral con un trabajador, el modo en que lo hace puede tener importantes consecuencias legales. En los casos de despido disciplinario, donde se alega una conducta grave y culpable del trabajador, surgen con frecuencia dudas sobre cómo debe procederse, por ejemplo: ¿Se puede cesar al trabajador de manera inmediata? ¿Es necesario preavisarle con antelación, como ocurre en otros tipos de despido?

Responder correctamente a estas preguntas no solo evita errores de forma que pueden invalidar el despido, sino que también permite a ambas partes (empresa y trabajador) conocer con claridad cuáles son sus derechos y obligaciones.

En este artículo analizamos si el preaviso es o no obligatorio en el despido disciplinario y qué implicaciones tiene esta cuestión desde el punto de vista legal.

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¿Es obligatorio el preaviso en el despido disciplinario?

No, no lo es. En el caso del despido disciplinario, no existe la obligación legal de preavisar al trabajador. A diferencia del despido objetivo y el colectivo, que requieren un preaviso de 15 días o la compensación equivalente en el salario, el despido disciplinario tiene efectos inmediatos desde el momento en que se notifica al trabajador.

Esta modalidad de despido se fundamenta en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores), por lo que la empresa puede cesar al empleado sin necesidad de preaviso ni indemnización.

Lo que sí es obligatorio es que la empresa comunique el despido por escrito, a través de una carta de despido, detallando los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. La omisión de este requisito puede dar lugar a que el despido sea considerado improcedente.

Además, es posible que el convenio colectivo establezca otros requisitos, en cuyo caso deberán observarse también.

¿Desde qué momento surte efectos el despido disciplinario?

El despido disciplinario produce efectos desde la fecha que se indique en la carta de despido. La empresa no tiene obligación de mantener al trabajador en su puesto durante un tiempo adicional ni de pagarle más allá del último día trabajado, salvo que decida hacerlo voluntariamente, por lo que quizás el empresario decida que sea efectivo desde la misma fecha en que entregue la comunicación escrita al trabajador.

Este aspecto tiene relevancia práctica, ya que a partir de ese momento el trabajador deja de generar salario y cotizaciones, y puede iniciar los trámites para solicitar la prestación por desempleo, si cumple los requisitos legales para ello.

¿Cómo impugnar un despido disciplinario si se considera injustificado?

Aunque no se exige preaviso, el trabajador sí tiene derecho a impugnar el despido si considera que no hay causa real o que no se ha respetado el procedimiento adecuado. Para ello, dispone de un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.

La impugnación puede dar lugar a que el despido sea declarado:

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