La carta de despido es uno de los elementos más importantes a la hora de formalizar el fin de una relación laboral. Si está bien redactada, puede evitar muchos problemas legales con posterioridad.
No hay que olvidar que, según el Estatuto de los Trabajadores, todos los despidos deben acompañarse de la correspondiente carta de despido, en la que se deben reflejar y argumentar adecuadamente las causas del despido, que no deja de ser una decisión unilateral de la empresa.
En este documento, además, se tiene que incluir la fecha exacta en la que se va a hacer efectivo el despido.
En todos los casos, hay que tener mucho cuidado al redactar la carta de despido. Es un escrito oficial que puede convertirse, más adelante, en un elemento probatorio en caso de celebrarse un juicio entre el trabajador y la empresa.
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Contacte con nosotrosEl contenido esencial de una carta de despido
Un error en el contenido que se incluye en la carta de despido puede tener consecuencias muy negativas para la empresa.
Por eso, se ha de poner toda la atención en su redacción, para que el trabajador no tenga motivos suficientes para reclamar que su despido se declare improcedente.
Las cartas de despido han de ser siempre claras, específicas e incluir los siguientes datos:
- Nombre y datos del trabajador.
- Nombre y datos de la empresa.
- El objeto de la carta, que en este caso es poner fin al contrato laboral.
- Las causas del despido, que pueden ser objetivas o disciplinarias. Aunque no es necesario incluir en la carta de despido ninguna prueba, si se recomienda ser lo más específico posible acerca del motivo del despido.
- Fecha de entrega de la carta y fecha del despido, que deberá contemplar el periodo de preaviso, si la empresa no quiere pagar esos días al trabajador.
- Si el despido es objetivo, la cuantía de la indemnización (20 días por año de trabajo), que se entregará en ese mismo momento. Si la empresa se declara insolvente y no puede hacer frente al pago de la indemnización, también se debe hacer constar en la carta de despido.
- El lugar, las firmas de las dos partes y el sello de la empresa.
¿Cómo se entrega una carta de despido?
La mejor opción es que la carta de despido se entregue al trabajador en mano y que, en ese momento, se le solicite que firme como prueba de la recepción.
Como es habitual que los trabajadores se nieguen a plasmar esa firma, para poder reservarse el derecho a denunciar el despido, lo mejor es ofrecerles la posibilidad de que firmen, pero mostrando su no conformidad (con la opción, por ejemplo ‘Recibido, no conforme’).
Aun así, es posible que el trabajador continúe negándose a firmar. Si esto ocurre, a la empresa le quedan dos alternativas:
- Recurrir a la diligencia testifical: consiste en solicitar a, como mínimo, dos personas que firmen como testigos y declaren que el trabajador despedido ha recibido la carta de despido y se niega a firmarla.
- Realizar el envío por burofax: se remitirá a la última dirección del trabajador que se tenga registrada.
¿Es posible corregir una carta de despido ya entregada?
La importancia de la carta de despido a la que hacíamos referencia al inicio tiene que ver con que su contenido no es modificable. Es decir, una vez se ha comunicado oficialmente el despido al empleado y se le ha entregado la carta de despido, el contenido de esta no se puede corregir.
Eso, siempre que el trabajador ya haya entregado la carta al servicio de mediación correspondiente. Si no es así, sí que existe la posibilidad de redactar una nueva carta, introduciendo las correcciones que sean necesarias y la fecha actualizada.
Todo lo anterior hace evidente la necesidad de no subestimar la importancia de redactar correctamente las cartas de despido.
Son el medio de comunicación formal que prevé la ley para extinguir de forma unilateral la relación laboral con el trabajador. Como tal, es conveniente que su redacción la lleven a cabo profesionales especializados.