¿Qué implicaciones tiene que un despido sea procedente?

Despido procedente

Si un despido es calificado por el juez como procedente, quiere decir que la empresa ha puesto fin a la relación laboral de manera unilateral, pero ajustándose a los requisitos que exige la ley.

Lo contrario son los despidos improcedentes o nulos, que no se ajustan a derecho, no están justificados o son discriminatorios.

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Requisitos de los despidos procedentes

Para que un despido sea procedente, tan solo es necesario que se cumplan los requisitos previstos.

Hay que decir que estos requisitos dependen del tipo de despido del que estemos hablando, y todos ellos están recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Aquí recogemos algunos, junto a sus requisitos:

  1. Colectivo: realizar un periodo de consultas previo.
  2. Objetivo: comunicar el despido con 15 días de antelación.
  3. Disciplinario: alegar la causa o justificación correspondiente.

Aparte, en cualquier caso la empresa ha de entregar al trabajador la carta del despido. En ella, se explica la decisión y la fecha en la que se hará efectivo. En este sentido, las causas que se exponen en la carta de despido es necesario que sean verdaderas. De lo contrario, en una posible impugnación se podría declarar la improcedencia o nulidad del despido.

También se hará entrega del finiquito y, si procede, de la indemnización.

Si en algún momento el trabajador entiende que no se han respetado todos los plazos o requisitos, puede acudir a los tribunales para que se revise la decisión. Será el juez, entonces, el que determine si el despido es procedente o no.

La procedencia del despido

Que un despido sea procedente depende de que, a raíz de la impugnación del mismo por parte del trabajador, el empresario acredite que el procedimiento se desarrolló conforme a la ley y con una causa justificada.

En la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social se incluyen todos los detalles.

Aunque en estos casos no es obligatorio acudir al juzgado con abogado, sí es altamente recomendable. Sobre todo, si se tiene alguna duda respecto a la procedencia o improcedencia del despido en cuestión.

En concreto, si se quiere impugnar un despido, habrá que hacerlo en el plazo de 20 días hábiles desde que este se comunica de manera oficial.

Los efectos de un despido procedente

Si un despido se entiende procedente, el principal efecto será el de la extinción de la relación laboral.

El trabajador deberá aceptar la decisión en las mismas condiciones en las que se le comunicó. Y el empresario no tendrá por qué pagar los conocidos como salarios de tramitación, que es la parte de la nómina que el empleado ha dejado de cobrar mientras dura el procedimiento.

En cuanto a la indemnización, si el despido es objetivo o colectivo, será de 20 días por año de trabajo, con 12 mensualidades como límite máximo.

Por supuesto, el trabajador deberá cobrar el finiquito, que suele incluir, por ejemplo:

  • La parte correspondiente de la nómina que falta por cobrar.
  • Las horas extra.
  • Las vacaciones no disfrutadas.

Despido procedente y derecho a paro

El trabajador despedido de manera procedente tendrá siempre derecho a cobrar la prestación por desempleo. Siempre que, claro está, tenga la cotización mínima exigida, es decir, un año.

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