El descuelgue salarial es un recurso previsto en el Estatuto de los Trabajadores, que permite a la empresa no aplicar las condiciones del convenio colectivo de trabajo en cuanto al sistema de remuneración y la cuantía salarial cuando se dan circunstancias excepcionales. Se conoce también como inaplicación del régimen salarial, aunque puede aplicarse a otras materias laborales.
En este post explicamos en qué consiste el procedimiento de descuelgue salarial y cuáles son sus principales efectos.
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Contacte con nosotros¿Qué es el descuelgue salarial y dónde se regula?
El descuelgue salarial se entiende fundamentalmente como una reducción de salarios. Cuando afecta el sistema de remuneración y cuantía salarial, no debe modificar aspectos como la fecha de pago de los salarios. Tampoco otros conceptos retributivos, como por ejemplo las dietas, ya que la norma se refiere expresamente a aquel.
Se encuentra regulado en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Además, el descuelgue o inaplicación del convenio colectivo puede afectar también a otros aspectos laborales como:
- Jornada de trabajo.
- Horario y distribución del tiempo de trabajo.
- Turnos.
- Sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones, cuando excedan los límites que prevé el artículo 39 del ET para la movilidad funcional.
- Mejoras voluntarias sobre la protección que ofrece la Seguridad Social.
¿Cuándo se puede aplicar el descuelgue salarial?
Según el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, la inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo, puede darse cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:
- Causas económicas: los resultados de la empresa evidencian una situación económica negativa, por ejemplo, por pérdidas actuales o previstas, disminución del nivel de ingresos o ventas. Debe producirse durante dos trimestres consecutivos o los ingresos o ventas en cada trimestre son menores a los del mismo trimestre del año anterior.
- Causas técnicas: se producen cambios en el ámbito de los medios o instrumentos de producción.
- Causas organizativas: se producen cambios en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo o en la forma de organizar la producción.
- Causas de producción: cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa ofrece al mercado.
A estas causas se debe añadir como elemento adicional que siempre exista riesgo para el mantenimiento del empleo por aplicación del régimen salarial. Es decir, que no basta con la sola alteración de los resultados económicos.
El objetivo del descuelgue salarial debe ser evitar recurrir a otras medidas más traumáticas y sostener los empleos.
Procedimiento de descuelgue salarial
El procedimiento para la inaplicación del convenio colectivo debe estar previsto en el propio convenio. Es iniciado por la empresa mediante la notificación a los representantes, de su intención de proceder a la misma.
La comunicación debe incluir el alcance, causas y fecha de inicio del período de consultas. Esta apertura es obligatoria de acuerdo al artículo 41.1 del ET y sin esta consulta no es válida la aplicación del descuelgue salarial. La consulta puede realizarse directamente con los representantes de los trabajadores o mediante la creación de una comisión ad-hoc y el período puede tener una duración máxima de 15 días.
Los representantes de los trabajadores pueden ser delegados del personal, comité de empresa, comité interventor o secciones sindicales, las que tienen preferencia como negociadores sobre las demás.
Si los trabajadores carecen de delegados, pueden constituir una comisión de 3 miembros como máximo, integrada por representantes del sindicato correspondiente. La designación de estos integrantes debe realizarse como máximo dentro de los 5 días de iniciado el período de consultas.
La falta de representantes no paraliza el procedimiento, pudiendo la empresa atribuir la representación a organizaciones empresariales.
El período de consultas puede finalizar con un acuerdo o desacuerdo. Las causas del desacuerdo pueden ser, o bien discrepancias con lo propuesto por la empresa, o falta de representación legal de los trabajadores de la empresa.
Efectos del acuerdo con el descuelgue salarial
Si las negociaciones finalizan con un acuerdo, se entiende que los trabajadores aceptan que concurren las causas justificativas. El acuerdo de inaplicación se plasma en un documento que debe determinar con exactitud:
- Retribución a percibir por los trabajadores.
- Programación progresiva hacia la recuperación de las condiciones salariales previstas en el convenio colectivo.
- Mecanismos necesarios para la verificación del cumplimiento de los compromisos que se asuman.
- Notificación a la comisión paritaria y autoridad laboral.
Efectos de la falta de acuerdo con el descuelgue salarial
Si no hay acuerdo para la aplicación del régimen, existen diversas soluciones contempladas en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, pero se debe tener en cuenta el origen del desacuerdo.
Las soluciones pueden ser:
- Resolución prevista en el propio convenio colectivo, por ejemplo, que la discrepancia se lleve a la Comisión Paritaria. Esta opción cuenta con un plazo de siete días para pronunciarse.
- Procedimientos de mediación establecidos por medio de convenios o acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico. El arbitraje será vinculante, teniendo la misma eficacia que un acuerdo en el período de consulta.
- Participación de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, en el caso de que el descuelgue salarial afecte a trabajadores ubicados en más de una Comunidad Autónoma.

