Traslados y movilidad geográfica: ¿cómo afectan al trabajador?

Movilidad geográfica

Existen casos en los que la empresa tiene que cambiar a uno o más trabajadores a un centro de trabajo que se encuentra en otra localidad, y cuando esto sucede, hablamos de movilidad geográfica. En este artículo vamos a explicarte lo que debes saber en relación a este tema.

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¿Qué es la movilidad geográfica en el trabajo?

La movilidad geográfica se produce cuando un trabajador es trasladado o desplazado a otro centro de trabajo fuera de la ciudad en la que viene prestando sus servicios hasta ese momento, por razones técnicas, productivas u organizativas.

¿Qué tipos de movilidad geográfica existen?

Se pueden producir 2 tipos de movilidad geográfica:

  1. Desplazamiento. Tiene lugar cuando el trabajador debe cambiar de manera temporal su residencia habitual.
  2. Traslado. En este caso, el trabajador tiene que cambiar definitivamente su residencia habitual. El traslado puede ser individual o colectivo, en función de si afecta a uno o a un cierto número de trabajadores.

¿Cuándo se considera traslado y cuándo desplazamiento?

Si la movilidad geográfica es por tiempo indefinido o superior a 12 meses, dentro de un periodo de 3 años, se considera un traslado. En cambio, si no supera los 12 meses, se trataría de un desplazamiento.

¿En qué casos se considera que el traslado es colectivo?

El traslado es colectivo si se da alguno de los 2 casos siguientes:

  • Si afecta a todos los trabajadores del centro, cuando este tiene más de 5 trabajadores.
  • Si no afecta a todos los trabajadores del centro, pero en un plazo de 90 días afecta a:
    • Al menos 10 trabajadores, si la empresa tiene menos de 100.
    • El 10% de los trabajadores como mínimo, si hay entre 100 y 300 trabajadores en la empresa.
    • 30 trabajadores, en empresas con más de 300.

¿Cómo debe notificarse la movilidad geográfica al trabajador?

La empresa debe seguir un procedimiento u otro según el tipo de movilidad geográfica de la que se trate:

Traslado

Tiene que notificar al trabajador la decisión con un periodo de antelación mínimo de 30 días. Deberá comunicar tal decisión también a los representantes legales del trabajador.

Desplazamiento

Cuando se trata de un desplazamiento, la empresa tiene que avisar con tiempo suficiente antes del momento en que deba producirse el mismo, si va a ser por tiempo menor a 3 meses.

Si el desplazamiento va a ser por menos tiempo, debe notificarlo con al menos 5 días de antelación.

¿Qué puede hacer un trabajador que ha sido trasladado?

Cuando un trabajador es trasladado, tiene 3 posibilidades a su alcance:

Aceptar e incorporarse a su nuevo centro de trabajo

Si el trabajador acepta, tiene derecho a ser compensado económicamente por los gastos que les ocasione el traslado tanto a él como a los familiares que tenga a su cargo.

La cantidad a la que ascienda dicha compensación vendrá en el convenio colectivo, y si no existe, será la que se acuerde con la empresa.

Rechazar la decisión y solicitar la extinción del contrato

Otra opción consiste en no aceptar la decisión de la empresa, y pedir la extinción del contrato en un plazo de un año desde la fecha en que fue notificado el traslado.

El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio en la empresa. Los periodos inferiores al año se prorratearán por meses, con un tope de 12 mensualidades.

Impugnar el traslado en sede judicial

Cuando el trabajador no está dispuesto a aceptar el traslado, pero tampoco se conforma con que se extinga el contrato, puede demandar a la empresa ante el Juzgado de lo Social. Para ello tiene un plazo de 20 días, que comienza a contar desde que se notificó el traslado.

El juez competente puede dictar 2 tipos de sentencias:

  • Desestimatoria, si considera que el traslado está justificado. El trabajador tendrá que aceptar el mismo o solicitar la extinción del contrato.
  • Estimatoria, si concluye que el traslado no está justificado. Por lo tanto, el trabajador tendrá derecho a reincorporarse a su centro de trabajo de origen.

¿Y un trabajador que ha sido desplazado?

En el caso en que un trabajador es desplazado de su centro de trabajo, tiene 2 opciones:

Aceptar el desplazamiento

Si el trabajador acepta ser desplazado, tiene derecho a ser compensado económicamente tanto por los gastos del viaje como por los del desplazamiento.

Si es por tiempo superior a 3 meses, tendrá derecho también a un permiso de 4 días laborales en su domicilio de origen por cada 3 meses de desplazamiento.

Impugnar el desplazamiento

La otra posibilidad es demandar a la empresa, como cuando se produce un traslado. También en este caso, la sentencia puede ser estimatoria o desestimatoria, según si considera injustificada o justificada la orden de traslado.

¿Qué pasa cuando trasladan a un trabajador y su cónyuge trabaja en la misma empresa?

En estos casos, el cónyuge del trabajador tendrá derecho a ser trasladado a la misma localidad que aquel, si existe puesto de trabajo para ello.

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