¿Qué indemnización corresponde por despido improcedente?

Indemnización por despido improcedente

La situación en la que nos encontramos ha hecho que los despidos se incrementen. Por eso, los abogados laboralistas recibimos consultas sobre la indemnización por despido improcedente casi a diario. Y es que, en concreto, esta indemnización es la que más difícil resulta de obtener y de calcular.

A continuación, explicamos todos los detalles de este tipo de despido y de su indemnización.

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¿Cuándo se considera un despido improcedente?

Antes de nada, hay que dejar claro que el despido improcedente es le extinción de la relación laboral por iniciativa del empresario sin que concurran las causas o requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico.

La calificación de improcedente solo puede ser otorgada por un juez tras impugnar el despido, si bien es habitual referirse de esta forma también al despido para el que el empresario se adhiere directamente a la consecuencias que tendría la calificación de improcedente por un juez, de modo que asume directamente la improcedencia.

El despido improcedente cuenta con una indemnización por despido diferente a la de otros tipos de extinciones.

Hay que tener en cuenta, antes de nada, que la indemnización por despido improcedente es la más alta de todas las que recoge el Estatuto de los Trabajadores.

Esto es así por su espíritu sancionador, pues el despido que se califica de improcedente se ha demostrado que no cumplía con algún requisito o formalidad de los que exige la ley.

Lo más habitual es que, para cobrar la indemnización por despido improcedente, el trabajador haya tenido antes que impugnar el despido, o bien llegado a ese acuerdo en el acto de conciliación. Durante el procedimiento de reclamación, o es el propio empresario quien reconoce la improcedencia del despido, o bien es el juez la determina.

En caso de que el juez sentencie que se trata de un despido improcedente, es posible que la empresa opte por readmitir al empleado. Esta es una de las opciones que tiene ante un despido improcedente, y es importante señalar que no da derecho a cobrar ninguna indemnización. Excepto, eso sí, los salarios de tramitación.

Por otro lado, en alguna ocasión puede suceder que sea el empleador el que, de forma voluntaria, decida abonar esta indemnización a su trabajador tras despedirle. Sucede cuando la empresa cree que no tiene ninguna posibilidad de conseguir otro resultado si acude a juicio. Así, se ahorra los costes que ello conlleva. Al trabajador, en este caso, no le queda más remedio que aceptarlo, o solicitar la nulidad del despido.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?

Lo principal que hay que saber sobre el cálculo de la indemnización por despido improcedente es que se hace en dos tramos.

Esto es así por la reforma laboral que se aprobó el 12 de febrero de 2012, que hace que a unos despidos improcedentes les corresponda una indemnización distinta a otros, según la antigüedad que tenga el trabajador.

Aquí vemos cómo se calcula el importe en cada periodo:

  • Antes de la reforma laboral: 45 días de sueldo por año de trabajo.
  • Después de la reforma laboral: 33 días de sueldo por año de trabajo, con como máximo 2 años de salario.

En caso de computar ambos periodos, el importe no podrá ser superior en ningún caso a 42 mensualidades.

Por lo tanto, en los despidos improcedentes para contratos laborales firmados a partir del 12 de febrero de 2012, la indemnización por despido improcedente se calculará multiplicando el salario diario actual del trabajador por 33 días por cada año de trabajo, sin que el total pueda superar los dos años de salario.

En caso de que el contrato se haya firmado antes del 12 de febrero de 2012, el cálculo debe realizarse de forma separada, sumando la indemnización correspondiente a 45 días de sueldo por años de trabajo hasta el 12 de febrero de 2012, y 33 días de sueldo por año trabajado desde el 12 de febrero de 2012 hasta la fecha de despido. En ningún caso la indemnización por despido improcedente puede superar las 42 mensualidades.

La respuesta del empresario

Una vez que el juez declara que el despido es improcedente, a la empresa no le quedan más que estas dos opciones:

  1. Readmitir al trabajador, abonándole los salarios de tramitación.
  2. Pagarle la indemnización que le corresponde por despido improcedente.

Si se negara a realizar cualquiera de estas dos acciones, el trabajador despedido podría dar todavía un paso más. Hablamos de comenzar un procedimiento judicial conocido como reclamación de cantidad laboral. En él, exigiría al empresario que le pagara la indemnización correspondiente.

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