Incapacidad permanente total: ¿qué es y cómo solicitarla?

Incapacidad permanente total

Entre los grados de incapacidad en los que se puede declarar a un trabajador se encuentra la incapacidad permanente total. Descubrimos en qué consiste este tipo de incapacidad y cómo se solicita su reconocimiento.

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¿Qué es la incapacidad permanente total?

La incapacidad permanente total se declara cuando se considera que el trabajador no puede dedicarse a su profesión habitual, pero sí a otra distinta.

Por lo cual, es una incapacidad compatible con el trabajo, siempre que no sea el que venía desempeñando el trabajador anteriormente al accidente o la enfermedad por la que se le declara en incapacidad permanente total.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la incapacidad permanente total?

Para ser declarado en incapacidad permanente total es necesario que el trabajador reúna los siguientes requisitos:

  • No haber cumplido la edad de jubilación.
  • Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta.
  • Cuando la incapacidad derive de enfermedad común, reunir un periodo de cotización:
    • Trabajador con menos de 31 años: la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 16 años y la del hecho causante.
    • Trabajador con 31 años en adelante: una cuarta parte del tiempo transcurrido entre que cumplió 20 años y que se produjo el hecho causante, con un mínimo de 5 años. Una quinta parte de ese periodo debe comprenderse en los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante o los 10 años anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, en caso de acceder a la pensión desde la situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.

¿A cuánto asciende la pensión en la incapacidad permanente total?

De forma general, la pensión de incapacidad permanente total se corresponde con el 55% de la base reguladora.

Este porcentaje puede aumentar en un 20% en el caso de los trabajadores mayores de 55 que se presuma que pueden tener dificultades para encontrar un empleo distinto en una actividad distinta a su actividad habitual, por su falta de preparación (general o especializada) o por sus circunstancias sociales y laborales del lugar de residencia.

Si la pensión se deriva de accidente laboral o enfermedad profesional, la pensión aumentará de un 30% a un 50%, según lo grave que sea la falta, en distintos supuestos. Por ejemplo, si la lesión se ha producido por maquinaria, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo sin los dispositivos de precaución reglamentarios.

¿Cómo se calcula la base reguladora en la incapacidad permanente total?

El cálculo se hará según la causa de la que se derive la incapacidad:

Enfermedad común

Si se trata de un trabajador mayor de 52 años y menor de 65, se tienen que dividir por 112 las bases de cotización durante los 96 meses anteriores al mes previo al del hecho causante. Estas bases se computarán de la siguiente forma:

  • Las de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.
  • Las demás se actualizan conforme al IPC, desde los meses a los que estas correspondan hasta el mes anterior a aquel en que se inicie el periodo de bases no actualizables (que son las del apartado anterior).

Al resultado obtenido se le tiene que aplicar un porcentaje, según los años de cotización.

Cuando sea un trabajador de menos de 52 años (al que se le exige un periodo de cotización de menos de 8 años), se calculará la base reguladora de manera análoga, pero para hallar el cociente hay que dividir la suma de las bases mensuales de cotización en el número de meses que tenga el periodo mínimo de cotización que se exija, sin tener en cuenta las fracciones de meses, por el número de meses a que se refieren dichas bases.

El anterior divisor se multiplica por el coeficiente 1,1666 y se excluye de la actualización las bases de los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.

En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, se seguirán las reglas que se tienen en cuenta para calcular la pensión de jubilación.

Accidente no laboral

Para calcular la base reguladora se tiene que dividir por 28 la suma de las bases de cotización durante un periodo ininterrumpido de 24 meses, a elección del beneficiario, dentro de los 7 años anteriores al hecho causante.

Accidente de trabajo o enfermedad profesional

La base reguladora se calcula sobre salarios reales, respetando los topes máximo y mínimo de cotización, y será el cociente de dividir los siguientes sumandos por 12:

  • Sueldo y antigüedad diarios del trabajador en la fecha del accidente o la baja por enfermedad por 365 días.
  • Pagas extraordinarias, beneficios o participación, por su importe total en el año previo al del accidente.
  • El cociente de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias recibidas en el año previo al del accidente, por el número de días efectivamente trabajados en dicho período. Se multiplicará por 273 el resultado, a menos que el número de días laborales efectivos en la actividad de que se trate sea menor, en cuyo caso se tendrá que aplicar el multiplicador correspondiente.

¿Cómo se solicita la incapacidad permanente total?

Existe un modelo oficial para presentar la incapacidad que si bien no es obligatorio para hacer el trámite, es muy recomendable utilizarlo, ya que contiene las indicaciones necesarias y hace que la gestión sea mucho más sencilla. Puedes descargarlo aquí.

La solicitud se puede presentar en:

  • La Dirección Provincial del INSS.
  • Cualquier registro oficial.
  • Por internet, accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y haciendo clic en el apartado “Prestación de incapacidad permanente nacional”. Para hacer la solicitud online debes contar con DNIe, certificado electrónico o Cl@ve permanente.

¿Se revisa la incapacidad permanente total?

Sí, la pensión de incapacidad permanente total es revisable, de oficio por el INSS o a instancia del interesado, ya que el trabajador puede experimentar una mejoría o un empeoramiento en su situación.

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