Cada tipo de despido tiene sus propias causas y requisitos, lo que produce ciertas dudas en los trabajadores, que tienen que conocer sus derechos para saber si tienen más o menos posibilidades de impugnar un despido.
Pues bien, una de las dudas habituales es si el trabajador tiene que cobrar finiquito si se le despido de forma disciplinaria, y a continuación vamos a ver cuál es la respuesta.
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Contacte con nosotrosCuando se produce un despido disciplinario, ¿el trabajador tiene derecho a finiquito?
Sí, el trabajador tiene derecho a que se le pague su finiquito, tanto en el despido disciplinario como en cualquier otro tipo.
El finiquito corresponde siempre que el contrato termina, sea por la causa que sea (es decir, no necesariamente por despido), ya que a través del mismo se salda el pago de aquellas cantidades que la empresa tenga pendientes de abonar al trabajador, y por ello este siempre tiene derecho a cobrarlo.
Existe cierta confusión en torno a este tema porque lo que no corresponde nunca en caso de despido disciplinario es una indemnización, ya que este despido se debe a un incumplimiento contractual grave y culpable por parte del trabajador, y, por tanto, el legislador considera que no tiene derecho a compensación económica alguna (lo que no obsta a que, si el despido se declara improcedente, tenga que cobrar la indemnización correspondiente a este caso, si esa es la opción elegida y no la readmisión del trabajador).
Pero, como hemos visto, el trabajador sí que tendrá que cobrar su finiquito.
¿Qué conceptos incluye el finiquito?
Aunque en el finiquito se puede incluir cualquier cantidad que esté pendiente de pago, los conceptos que típicamente lo integran son el salario correspondiente a los días trabajados desde el pago de la última nómina, los días de vacaciones a los que el trabajador haya generado derecho pero que no haya disfrutado, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y horas extraordinarias.
Por otro lado, y aunque esto no sea demasiado habitual, si el trabajador también debe alguna cantidad a la empresa, tendrá que ser restarse del finiquito. Por ejemplo, si ha solicitado un anticipo de nómina o si ha disfrutado de días de vacaciones a los que aún no había generado derecho.
¿Cuándo se paga el finiquito?
La ley no establece cuándo tiene que cobrar su finiquito el trabajador, aunque esta cuestión sí puede estar regulada por convenio colectivo, por lo que es importante consultarlo.
No obstante, lo normal es que el finiquito se pague el último día que el trabajador presta sus servicios a la empresa, es decir, cuando finaliza el contrato.

